Conducción en Madrid

  • Distintivo medioambiental obligatorio desde el 24 de abril de 2019 para circular en Madrid
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En Madrid es mejor moverse en transporte público, porque es uno de los mejores de Europa y porque así evitamos contaminar. Ahora bien, en el caso de que lleves coche, tienes que tener en cuenta Madrid 360 / Zona de Bajas emisiones, el protocolo anticontaminación que se activa en ocasiones y la normativa de Movilidad urbana, que establece que la velocidad máxima en muchas calles es de 30 km/h. Recuerda que es obligatorio llevar el distintivo ambiental visible.

MADRID 360 / ZONA DE BAJAS EMISIONES:

Madrid 360 comprende la creación de diferentes zonas de bajas emisiones (ZBE) para mejorar la protección ambiental en los 21 distritos. Así, los vehículos que no disponen de etiqueta o distintivo ambiental (clasificación A) no pueden acceder ni circular por el interior de la M-30 ni por la propia M-30, salvo que se encuentren dentro de alguno de los supuestos excepcionales o autorizaciones previstos por la normativa. Desde el 1 de enero de 2025 las restricciones se aplican también a los vehículos sin distintivo ambiental matriculados o domiciliados en Madrid, con determinadas excepciones.

Con la aprobación de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible el 13 de septiembre de 2021 se establecen los parámetros legales para convertir toda la ciudad en Zona de Bajas Emisiones, compatibilizando la lucha contra la contaminación y el desarrollo de la actividad económica.

Turismos con acceso restringido a Madrid Zona de Bajas Emisiones para el exterior de la M-30

Desde el 1 de julio de 2024, los turismos más contaminantes no empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 o no dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la capital tienen el acceso y la circulación restringidos en toda la ciudad.

Pueden ser sancionados al ser interceptados por cualquiera de las cerca de 500 cámaras que controlan esta ZBE. Sólo podrán atravesar el término municipal de Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de M-40, vías que quedan libres de restricciones para garantizar la conectividad de la red viaria.

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¿CÓMO ME AFECTA LA NUEVA NORMATIVA?

 

Madrid 360 / Zonas de Bajas emisiones

 


Protocolo anticontaminación

Madrid cuenta con un protocolo para casos de alta contaminación que afecta a la circulación y aparcamiento de los vehículos. Este protocolo fija cinco escenarios de medidas y prima los vehículos más limpios en función de su distintivo ambiental.

Si vas a venir a Madrid en coche, es conveniente que consultes aquí si el protocolo está activado y qué medidas establece.

Estacionamiento

No está permitido estacionar un vehículo en espacios pintados de amarillo o en zonas con carteles que indican “Prohibido Estacionar”. Las zonas de estacionamiento regulado están señalizadas y además las plazas están pintadas de azul o verde y los tickets pueden comprarse en el propio parquímetro o a través del móvil.

Cuando está activado el escenario 2 (o superior) del protocolo anticontaminación hay limitaciones por tipo de vehículo.

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Consumo de alcohol

Conducir bajo los efectos del alcohol está prohibido y puede constituir una infracción administrativa o un delito, en función de la tasa de alcoholemia detectada y de las circunstancias del caso. El límite general es de 0,25 mg de alcohol por litro de aire espirado (0,5 g/l en sangre). Para los conductores noveles (con menos de dos años de permiso) y los conductores profesionales, el límite es de 0,15 mg/l (0,3 g/l en sangre). Superar estos límites puede conllevar multas desde 500 euros, la pérdida de puntos del permiso de conducir y, en los casos más graves, penas de prisión y la retirada del permiso de conducir.

Límite de velocidad

Los límites de velocidad en Madrid están rigurosamente implementados y controlados, existiendo radares que detectan la velocidad en diferentes zonas. Los límites generales para vehículos, dependiendo de la vía son:

  • Autopistas y autovías: 120 Km/h

  • Carreteras nacionales: 100 Km/h

  • Vías urbanas: 30 Km/h en vías de un único carril por sentido de circulación // 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

  • Ciclocarriles: 30 Km/h

  • Zonas residenciales: 20 Km/h

Permisos y edad para conducir

La edad mínima legal para conducir en España es 18 años. Los no residentes pueden conducir en España con una Licencia Internacional de Conductor, un permiso temporal que tiene una validez de un año. Los residentes de un país de la Comunidad Europea pueden conducir en España con la licencia de su país.

Viajar con niños

Los niños mayores de 12 años pueden viajar en la parte delantera del vehículo. Los menores de esa edad sólo pueden viajar adelante con un asiento especial de seguridad. En la parte trasera, los menores cuya medida sea menor a 135 centímetros deben utilizar elementos de seguridad y control adaptables. Más información

Motocicletas y bicicletas

Los conductores de motocicletas deben llevar las luces encendidas de día y de noche. El uso de casco es obligatorio tanto para el conductor como para cualquier pasajero ocasional.

El estacionamiento de motos sobre acera ahora permitido solo podrá hacerse donde no exista banda de estacionamiento. En todo caso, las motos que estacionen en acera deberán dejar un ancho libre de paso de tres metros. Más información

Las bicicletas tienen prohibida la circulación por las aceras, salvo por aceras-bici y las conducidas por menores de doce años acompañados por una persona adulta que vaya a pie. Las bicis pueden circular en ambos sentidos en calles residenciales con velocidad máxima limitada a 20 km/h, ciclocalles y (siempre que así esté señalizado expresamente) red viaria local.

El uso del casco es obligatorio para los menores de 16 años en vía urbana y para todos en vías interurbanas.

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Móvil

El uso del móvil al volante es motivo de infracción en Madrid, excepto si se utiliza a través de un sistema de manos libres. El importe de una multa por una infracción de este tipo asciende aproximadamente a los 200 € y sujetar o manipular el teléfono móvil con la mano

mientras se conduce supone la pérdida de 6 puntos

del carné de conducir.

Cinturones de seguridad

El uso del cinturón en España es obligatorio para los asientos delanteros y para los traseros. No usarlo es una infracción grave penalizada con 200 € de multa y con la pérdida de 3 puntos en el carné en el caso del conductor.

Vehículos de Movilidad Urbana

Los patinetes eléctricos, segways y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) no pueden circular por aceras, carriles bus ni calles con más de un carril por sentido. Su circulación está permitida por carriles bici y por la calzada en zonas 30, con una velocidad máxima de 25 km/h. Tampoco pueden circular por los accesos y tramos no semaforizados de la M-30.

La edad mínima para conducir un VMP es de 15 años. El uso del casco es obligatorio para los menores de 18 años y para quienes circulen por carriles multimodales a 25 km/h. También está prohibido utilizar el móvil o auriculares durante la conducción.

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